
A pocos días de que concluya la actual legislatura, diputados locales realizaron las reformas a la Constitución Política del Estado, para eliminar el fuero a autoridades y con ello puedan ser sujetas a Juico Político.
En la sesión extraordinaria de este martes, integrantes de la LXII Legislatura avalaron por mayoría de votos, el imitar esta protección constitucional de la cual gozaban; los diputados locales, el Gobernador del Estado, así como los magistrados del: TSJE, del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, del TET, el Presidente de la CEDH, los titulares de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de la PGJE, de la Oficialía Mayor, del OFS y de las Coordinaciones y los Organismos que integran la Administración Pública Paraestatal.
La propuesta presentada por el diputado panista, Juan Carlos Sánchez García, también abarca a los comisionados del IAIP, los consejeros electorales del ITE, así como en contra de los jueces del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, de los presidentes municipales y los integrantes de los ayuntamientos de los municipios del Estado, los titulares de las secretarías o despachos de las presidencias municipales, “por actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.”
Históricamente, el fuero constitucional en el país estaba justificado por la necesidad de proteger la función que desempeñan los servidores públicos de alguna acusación sin fundamentos o el normal funcionamiento de los organismos que conforman el Estado Mexicano.
“Ser representante popular o desempeñar algún cargo en la administración pública, no debe de ser razón para gozar de algún derecho extraordinario a lo que se encuentre previsto en los ordenamientos y los tratados de los que México es parte”.
REGRESAN EL VOTO EN CABILDO A LOS PRESIDENTES DE COMUNIDAD
Luego de que la Legislatura pasada le retirara el derecho de al voto a los presidentes de comunidad en las sesiones de Cabildo, los actuales diputados devolvieron dicho poder a los representantes populares.
Es así que se reformó la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala al justificar que en el artículo 115, en el diverso 90, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, se prevé que “a los presidentes de comunidad les asiste la calidad de munícipes, de forma similar que a quienes ocupen los cargos de Presidente, Síndico y regidores de cada Municipio del Estado”.
Las legisladora que mostraron inconformidad con esta determinación fueron: la coordinadora del Panal y la diputada del PRI, Sandra Corona Padilla y Eréndira Olimpia Cova Brindis, respectivamente, al calificar la propuesta como “populista”.
Sin embargo, no fueron respaldadas por sus compañeros de fracción, ni por sus aliados, por lo que con 16 votos a favor y dos en contra, se determinó devolver el derecho al voto a los presidentes de comunidad.
