🚫💲 🐾 La Ley de #BienestarAnimal para el Estado de #Tlaxcala dispone, en el artículo 107, fracción III, que queda prohibida la compraventa de #animales de compañía en la vía pública, vías generales de comunicación, tianguis y mercados ambulantes.

👉🏻 Y de conformidad con el artículo 202, la violación a este precepto de dicha ley y sus reglamentos, será sancionada administrativamente por la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala (#PROPAET) o por los municipios, con una o más de las sanciones siguientes. Amonestación escrita; multa por el equivalente de quince a ochocientas Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de imponer la sanción; arresto administrativo hasta por treinta y seis horas, y el decomiso de los animales.

ℹ️ Cabe mencionar que la UMA vigente, de acuerdo con la página de internet del INEGI Informa (#INEGI), es a la fecha, la del año 2024, con un valor diario de $ 108.57.

💰 Por lo que la PROPAET puede sancionar con multa de hasta $ 86,856. Mientras que los municipios, de conformidad con sus reglamentos, en promedio, con multa de hasta 20 UMA.

🚨📲 La PROPAET recibe cualquier #denuncia vía telefónica al número 2463281934 o al WhatsApp 2463321919. En cuanto a los municipios, solo 37 cuentan con reglamento; el Observatorio Ciudadano de Protección Animal (#OCPA), a través de sus redes sociales, puede compartir a quien lo solicite, los números telefónicos de cada ayuntamiento que ha proporcionado la información.

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